Con 54 votos a favor, diez en contra y 32 abstenciones el
pleno del Congreso aprobó en segunda votación la reducción del Impuesto a la Renta
(IR) para la renta de tercera categoría (empresas), cuarta categoría
(trabajadores independientes) y quinta categoría (trabajadores dependientes).
El IR para las empresas se reducirá de 30% a 28% en el
ejercicio fiscal 2015 - 2016, a 27% en el ejercicio 2017 - 2018 y a 26% a
partir del 2019.
Con estas dos medidas el Gobierno busca que las empresas
dejen de pagar dividendos a sus accionistas y utilicen ese dinero para
reinvertirlo en su empresa y de esa forma impulsar la economía nacional.
En tanto, para las personas se amplía la fijación de las
tasas de cuatro a seis tramos. Los trabajadores que ganen anualmente entre 7
UIT
(S/. 26.600) y 12 UIT (S/. 45.600) se le aplicará un tasa de
8% a su sueldo anual y ya no del 15%.
Para los trabajadores que ganen entre S/. 45.600 y S/.
102.600 se les aplicará un descuento de 14%; para los que tengan ingresos entre
los S/. 102.600 y S/. 159.600 el descuento será de 17%; para los trabajadores
que tengan ingresos entre S/. 159.600 y S/. 197.600 el descuento sería de 20% y
para los que tengan ingresos mayores a los S/. 197.600 el descuento será de
30%.
Los trabajadores que están en planilla se beneficiarán a
partir de enero del 2015; mientras que los trabajadores de cuarta categoría
podrán disfrutar de estos beneficios recién en marzo del 2016, ya que cuando
paguen su IR en marzo del 2015, este aún estará regido por las tasas del 2014.
SU IMPACTO
Este proyecto es considerado uno de los más importantes que
el Poder Ejecutivo haya podido presentar al Congreso por su impacto en el
esquema tributario del país.
Según proyecciones del Ministerio de Economía y Finanzas
(MEF), las medidas tributarias tendrán un impacto de S/. 4.500 millones en los
ingresos fiscales el 2015.
No obstante, el gobierno prevé que aunque los ingresos
fiscales bajarán con la reducción del IR, se recuperará en el mediano plazo, ya
que al haber mayor liquidez se tendrá un mayor consumo y pago de IGV.
César Peñaranda, director del Instituto de Economía de la
Cámara de Comercio de Lima, refirió que los efectos de la reducción del IR
serán positivos, especialmente, para los inversionistas peruanos y extranjeros,
ya que habrá mayores incentivos para la reinversión de utilidades en el corto
plazo.
IMPUESTO A LOS DIVIDENDOS
El Congreso decidió mantener el impuesto a los dividendos en
4,1%, pese a que la propuesta del Ejecutivo era aumentarlo a 9,3%.
No obstante este cambio tendrá dos excepciones. La primera
es para quienes utilicen sus dividendos fuera del país y la segunda para las
personas naturales que solo cobran por ganancias y no invierten. En ambos casos
sí se aplicará la tasa de 9%.
En la explicación de motivos del proyecto de ley se señala
que la medida permitirá que las empresas reinviertan el dinero que ahorran de
la reducción del IR.
“Solo si el dinero es retirado del país, sí se cobrará hasta
el 9,3%”, indicó Casio Huaire, presidente de la Comisión de Economía.
Dicho impuesto se creó en el 2004 para que se aplique a los
accionistas que son personas naturales y no a los accionistas que son personas
jurídicas.
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